Las titulares de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo, así como también los jubilados y pensionados de hasta un haber mínimo que percibían el Programa Hogar no deberán volver a inscribirse.
Cabe aclarar que las personas que se tengan que inscribir al Programa Hogar por primera vez y vivan en una localidad con cobertura de gas, deberán presentar el certificado emitido por la distribuidora de que no cuentan con conexión de gas.
Asimismo, si una persona o su conviviente solicitó el subsidio por Segmentación Energética no podrá acceder al subsidio por garrafa del Programa Hogar.
El Programa Hogar consiste en un subsidio directo y mensual fijado por la Secretaría de Energía que cubre parte del precio de la garrafa de 10 kg. Lo podrán solicitar todos los hogares sin conexión a la red de gas natural, cuyos ingresos sean inferiores a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM); tres SMVM si alguno de sus integrantes posee Certificado de Discapacidad; 2,8 SMVM si residen en las zonas más frías del país; 4,2 SMVM si residen en las zonas más frías del país y alguno de sus integrantes posee Certificado de Discapacidad.
En el caso de los monotributistas, de acuerdo con las siguientes categorías: hogares cuyos ingresos sean hasta Categoría C (inclusive); hogares con integrante con certificado de discapacidad, cuyos ingresos sean hasta Categoría D (inclusive); en la Patagonia, hogares cuyos ingresos sean hasta Categoría D (inclusive) y hogares con integrante con certificado de discapacidad, cuyos ingresos sean hasta Categoría E (inclusive).