Defensa del Consumidor multó a una empresa aérea que incumplió con el valor de pasajes que publicitaba en medios de comunicación. Dicha sanción fue confirmada en dos oportunidades por la Cámara de Apelaciones.
Un consumidor inició una denuncia en Defensa del Consumidor de Río Negro donde manifestaba haber realizado una compra de pasajes aéreos por valores ofertados por la misma empresa. Incluso recibió el código de reserva. Sin embargo, la compañía envió un mail informando que dichos montos eran erróneos, por lo que correspondía pagar un precio diferente al ofertado y eliminó la reserva confirmada.
Desde el área que protege los derechos de las y los consumidores en Río Negro iniciaron el debido proceso, concluyendo que se trata de una falta a los artículos 4, 7 y 19 de la Ley 24.240 en las cuales se deja expresa la obligación de las empresas en cumplir con las ofertas publicadas y respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias ofrecidas, publicitadas y convenidas.