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Negativa del STJ a revelar contrato con la empresa de licencias médicas Dienst

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por un legislador provincial. El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y la empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal.

La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo —entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros SA— entregaron copia del contrato suscrito con la firma Dienst Consulting SA. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.

El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se cumplieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.

El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostraba la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador José Luis Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existía un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.

Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros SA, mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron informes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una rotunda negativa que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.

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