La Cámara del Trabajo de Cipolletti falló a favor de una docente que presentó una acción de amparo, luego de que la auditoría médica le rechazara la licencia por 30 días de reposo que le indicó su médica tratante luego de una intervención quirúrgica, y sólo le justificara 9 días.
El fallo, firmado por el presidente de la Cámara Laboral, Luis Lavedán, y las juezas María Marta Gejo y Silvia Pérez Peña, ordena “al Consejo Provincial de Educación y a la Secretaría de la Función Pública que se le reconozca a la amparista (…) la licencia paga de treinta (30) días otorgada por la médica tratante, conforme certificado médico acompañado condicionado y hasta tanto la Junta Médica evalúe personalmente a la amparista y se expida al respecto”.
Como parte del proceso de la medida cautelar, la Cámara dio intervención al Cuerpo de Investigación Forense de Río Negro para que dictaminara si consideraba que el reposo médico otorgado por la médica tratante era acorde con el diagnóstico y estado de la amparista. La doctora Griselda Saulino, especialista en Medicina del Trabajo y designada perito médica oficial en la causa, concluyó que “el certificado con reposo por 30 días es acorde con el diagnóstico, el estado y tratamiento de la señora”.
De este modo, la Justicia revocó la definición de la auditoría médica automatizada que realizó la empresa Dienst Consulting, contratada por el gobierno provincial, que no había autorizado la licencia otorgada a la docente.