La anterior delimitación se establecía entre «la ex-ruta Nº 3 al N.E. y la actual Ruta Nº 3 al SE”.
En los fundamentos, Bichara indica que «desde el dictado de dicha norma, ha sido permanente el desarrollo urbano en dicho sector de la ciudad, con nuevas construcciones domiciliarias, comerciales y de servicios, la apertura de calle e implantación de nuevos barrios, es decir, se materializó el crecimiento ordenado de la ciudad en esa zona».
Se destaca que a propuesta de la Junta Vecinal, «se pretende ampliar la delimitación que comprende el actual Barrio Jardín, plasmando en la normativa un hecho tangible cual es la actual integración urbana y social de todo el sector aledaño al primigenio vecindario».
«Modificar el artículo 1º de la Ordenanza 2341 plasmando en su texto una ampliación del Barrio tal y como surge de la realidad actual» lo habilita la Carta Orgánica Municipal en su artículo 135 de forma textual: “El Municipio promoverá la creación de las Juntas Vecinales y apoyará su funcionamiento. Éstas se integrarán con el objetivo fundamental de lograr el desarrollo de la comunidad vecinal …»